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RCM Legal
Laboral·16.06.2026

Ciudadanos venezolanos en España: cómo regularizar la residencia en 2026

Muchos venezolanos que obtuvieron protección temporal o autorización humanitaria en España ven vencer sus permisos en 2025 y 2026. Analizamos las vías disponibles para regularizar o renovar la residencia y los errores que conviene evitar.

Un número significativo de ciudadanos venezolanos en España obtuvo su autorización de residencia al amparo de la protección por razones humanitarias prevista en los artículos 125 y 126 del anterior Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 (Real Decreto 557/2011), y hoy en el artículo 128 del Real Decreto 1155/2024 que lo sustituye. Estas autorizaciones tienen una duración inicial de un año y son renovables, pero la renovación no es automática: exige acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos y presentar la solicitud dentro del plazo.

En 2025 y 2026, muchos de esos permisos vencen. La situación política en Venezuela no ha mejorado significativamente, pero la Administración española valora individualmente cada expediente. La pregunta más frecuente que llega a nuestro despacho es: ¿qué puedo hacer cuando mi permiso caduca o cuando la renovación se deniega?

¿Qué opciones hay disponibles?

1. Renovación de la autorización por razones humanitarias

Si la situación en Venezuela que motivó la concesión inicial persiste, es posible solicitar la renovación de la misma autorización. La solicitud debe presentarse en los dos meses anteriores a la caducidad y su presentación prorroga la validez de la autorización anterior hasta que se resuelva; también la prorroga la solicitud presentada dentro de los tres meses posteriores a la caducidad, si bien puede dar lugar a un procedimiento sancionador.

Es fundamental acreditar de forma actualizada la situación en el país de origen y la vinculación del solicitante con ella: informes de ACNUR, noticias recientes verificadas, antecedentes de persecución personal si los hubiera. La documentación adecuada marca la diferencia entre una renovación concedida y una denegada.

2. Arraigo social

El nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) redujo el período de permanencia exigido para el arraigo social de tres a dos años. Esta modalidad permite regularizarse a quien lleva al menos dos años en España, acredita vínculos con el país (certificado municipal de empadronamiento, relaciones familiares, participación en programas de integración) y cuenta con un contrato de trabajo o medios económicos suficientes.

Para los venezolanos que llevan más de dos años en España —incluidos quienes han estado bajo una autorización humanitaria ya vencida, sin que compute el tiempo transcurrido como solicitantes de protección internacional hasta la resolución firme de esa solicitud— el arraigo social es la vía de acceso más directa a una autorización inicial de residencia y trabajo de un año, prorrogable por períodos anuales.

3. Arraigo sociolaboral

Previsto también en el Real Decreto 1155/2024, el arraigo sociolaboral requiere acreditar uno o varios contratos de trabajo que garanticen al menos el salario mínimo interprofesional o el del convenio aplicable y sumen una jornada semanal no inferior a veinte horas. El antiguo arraigo laboral, que se acreditaba con seis meses de relación de trabajo previa, ha desaparecido; el trabajo desempeñado de forma irregular solo abre hoy la autorización por colaboración con la administración laboral, que exige un mínimo de seis meses de trabajo irregular en los dos años anteriores. Es la modalidad idónea para quienes tienen historia laboral documentable aunque no hayan cotizado regularmente.

4. Permiso de trabajo por cuenta ajena

Si el ciudadano venezolano cuenta con una oferta de empleo de una empresa española, puede tramitarse una autorización de residencia y trabajo inicial al amparo de los artículos 36 y 38 de la Ley Orgánica 4/2000. Requiere que el empleador inicie la tramitación ante la Delegación del Gobierno correspondiente y que se acredite que el puesto no puede cubrirse con trabajadores ya en situación regular (salvo en ocupaciones de difícil cobertura, exentas de esta acreditación).

5. Residencia de larga duración

Quien haya permanecido en España durante cinco años de forma continuada y legal —sumando períodos de distintas autorizaciones, siempre que no existan interrupciones superiores a seis meses en cada año y diez meses en total— puede solicitar la residencia de larga duración (artículo 183 del Real Decreto 1155/2024), que otorga derechos casi equivalentes a los de un ciudadano español y no requiere renovación periódica.

6. Protección internacional: el asilo

Para quienes huyen de una persecución individualizada —por razón de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a grupo social determinado—, la solicitud de asilo en virtud de la Ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, es la vía adecuada. La solicitud debe presentarse lo antes posible: en frontera, en el momento de la entrada, o en el territorio español. Las organizaciones ACNUR España, CEAR y Cruz Roja ofrecen asistencia jurídica gratuita.

La protección subsidiaria es la figura más próxima a la protección humanitaria y puede concederse cuando no se acredita persecución individual pero sí daños graves si se regresara (artículo 4 de la Ley 12/2009).

¿Por qué no debe dejarse caducar el permiso?

La situación de irregularidad sobrevenida —cuando el permiso caduca sin que se haya presentado ninguna solicitud de renovación o nueva autorización— tiene consecuencias severas: imposibilidad de trabajar legalmente, riesgo de apertura de expediente de expulsión y, en general, pérdida del acceso a la mayoría de los servicios administrativos. Una irregularidad de más de tres años dificulta significativamente la regularización posterior.

El principio práctico es claro: presente la solicitud de renovación o de nueva autorización dentro del plazo, aunque no tenga toda la documentación perfecta. La solicitud presentada en plazo mantiene la situación de regularidad mientras se resuelve; la presentada dentro de los tres meses siguientes a la caducidad también prorroga la autorización, aunque puede abrir un procedimiento sancionador; transcurrido ese plazo, no.

Cómo le ayudamos a regularizar su residencia en España desde RCM Legal

La principal causa de dificultad en estos expedientes no es la falta de documentación: es haber dejado caducar el permiso sin presentar solicitud alguna. Una irregularidad sobrevenida de más de tres años complica significativamente la regularización posterior y puede generar expedientes de expulsión que, de haberse actuado en plazo, no habrían tenido lugar. Actuar antes de que venza el permiso —o en cuanto se detecta la situación irregular— es la diferencia entre un trámite ordinario y un procedimiento con mayor complejidad y coste.

Desde RCM Legal analizamos la situación concreta de cada cliente —tiempo de residencia, historial laboral, vínculos familiares y sociales en España, situación en el país de origen— e identificamos la vía con más probabilidades de éxito. Preparamos el expediente completo, gestionamos la cita y la presentación ante la Delegación del Gobierno en Murcia, y en caso de denegación recurrimos en alzada o ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Si usted o alguien de su familia necesita regularizar su situación en la Región de Murcia, cuéntenos su caso.

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